viernes, febrero 15, 2008

La ideíta de mi prima...



Jorge Luís Borges dijo que: "Uno está enamorado cuando se da cuenta de que otra persona es única". Y así lo creyó mi prima, quien no quiso continuar en una situación de "que parece que si–parece que no" y arguyó la siguiente propuesta: escribir un contrato a su enamorado con nueve cláusulas, cuyo objetivo era “definirse”. Claro que mi querida primita se olvido de poner la décima cláusula (la cual la armamos juntos -luego de los años al encontrarnos- al preguntarle en que había quedado ese contrato, sin letra chica).
Como ya en un anterior artículo me refiero al compromiso entre las parejas, considero que esta propuesta (año 2004) además de complementaria, es una original manera de armar el cuento,(solo omitiré los nombres reales, pero las iniciales de ellos quedarán, ya que son parte de la trama) y que puede ayudar a algunos(as) que conozco:

CONTRATO ( sin letra chica)

En Santiago de Chile, Octubre 2004, entre don XXX, nacido el 22 de Mayo 1959, quien en adelante se denominará LTC (no confundir con Tratado de Libre Comercio) y doña YYY nacida el 4 de Marzo 1964, quien en adelante se denominará 3M (no confundir con la empresa 3M) convienen el siguiente contrato, que consta de las siguientes cláusulas:

Primera: Ponerle nombre

Convenir algún nombre adecuado a la situación existente, se dan algunas sugerencias: pololeo, noviazgo, andando. No adecuados serían: flirteando, tirando, hueviando.

Segunda: Plazo

El presente contrato rige a contar del momento en que se tome el acuerdo hasta un plazo indefinido, a menos que alguna de las partes decida en inconciencia y en pleno estado de estupidez poner fin al contrato, lo cual conllevará a una tremenda multa.
Tercera: Exclusividad

La aceptación de este contrato conviene automáticamente el derecho de exclusividad de ambas partes, el cual se indica como la “prohibición de llevar al niño a cualquier otro parque de diversiones” y/o similares.

Cuarta: Pliego de peticiones

En caso de un acuerdo favorable se adjuntará posteriormente un “Pliego de Peticiones” por ambas partes.
Quinta: Descendencia

En caso de descendencia “deseada” o “no deseada” la parte LTC se compromete a realizar los trabajos de terminaciones de la “criatura”, que correspondan, ojitos verdes (no solo cuando estén tristes), manos grandes de papá, habilidades acuáticas etc. y hasta bien entrado el estado de gravidez de la parte 3M, sin excusas de que “se vé tan tieeeerna”.

Posteriormente al nacimiento de la “criatura” LTC se compromete a ser papá, haciendo uso de su sorprendente instinto paternal.

Sexta: Respuesta

Se solicita a la parte LTC una pronta respuesta a este contrato para evitar que la parte 3M caiga en un estado de preocupación (ansiedad, pena, nostalgia, llanto descontrolado, desesperación y/o histeria).

La respuesta puede ser vía email, telefónica (móvil o inmóvil), mensaje de texto, vía telefonograma, telegrama etc. Siendo solo excluyente la vía telepática, dada su alto porcentaje de mala interpretación.
Séptima: Árbitro Arbitrador

Cualquier dificultad que se produzca entre las partes respecto al incumplimiento o interpretación del contrato, será resuelta necesariamente por las partes involucradas y nadie más, en un marco de comprensión, apoyo irrestricto, compromiso y mucho, pero mucho sexo.

Octava:
Prisión

La necesidad de formular este contrato, sin embargo, no constituye un medio de presión ni prisión, es simplemente un medio ordenador que entrega a las partes la posibilidad de comprometerse, para disfrutar la situación en libertad de conciencia, cuerpo y alma.

Novena:
Acuse recibido POR FAVOR!!!!!!!